Tribunal impone 35 años prisión a autor de atentado en el Metro

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SANTO DOMINGO. El Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional sentenció a 35 años de prisión a Franck Kelin Holguín Medina, acusado de cometer un atentado en la segunda línea del Metro, en el que 18 personas resultaron con quemaduras y heridas.

Esta condena lo convierte en la primera persona sentenciada en el país por violación a la Ley 267-08 sobre Terrorismo que contempla pena máxima de entre 30 y 40 años de prisión.

Franck Kelin Holguín Medina fue condenado, además, por tentativa de homicidio, según explicó al leer el dispositivo de la sentencia, la presidenta del tribunal, magistrada Pilar Rufino.

También deberá pagar una indemnización de 241,160.61 euros o su equivalente en pesos (RD$12,202,726.36) a favor de la Oficina para el Reordenamiento del Transporte (OPRET) por daños a uno de los vagones del Metro.

En la parte civil, deberá pagar una indemnización de RD$15 millones a Francis González; a Merlin de León RD$5 millones; Mario Emilio Salas RD$2 millones; Carlos Alejandro Radhamés RD$2 millones, además a Leoncio de la Cruz, Catalina Perdomo y a María Altagracia Díaz RD$1 millón a cada uno, además del pago de la costa civil del proceso.

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En total deberá pagar RD$39,202,726.86.

La lectura íntegra de la sentencia será a las 9:00 a.m. del 31 de marzo.

A partir de esta fecha las partes podrán depositar su recurso de apelación.
La Ley especial de terrorismo

La condena de 35 años dictada contra Holguín está amparada en la Ley 267-08 sobre Terrorismo, legislación que no entra en conflicto con el Código Penal Dominicano, cuya pena máxima son 30 años, según expertos consultados por Diario Libre. El artículo 7 de la ley establece que serán sancionados con penas de 30 a 40 años todo aquel que cometa un acto de terrorismo consistente en detonar, explotar, esparcir, arrojar, colocar, o diseminar por cualquier medio o procedimiento, armas, dispositivos, artefactos, sustancias o materiales de alto poder explosivo, compuestos químicos, biológicos o radioactivos, susceptibles de provocar muertes, heridas, lesiones, o estragos materiales de consideración, en establecimientos de uso público, y establecimientos privados.

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