• Asamblea rechaza ciudadanos puedan demandar en inconstitucionalidad

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    SANTO DOMINGO.- La Asamblea Revisora rechazó que el ciudadano pueda demandar en inconstitucionalidad de las normas y actos jurídicos de conformidad con los procedimientos  establecidos por ley, alegando que para ejercer este derecho el ciudadano debe tener un interés jurídico y legítimamente protegido.

    Con esta decisión, los asambleístas dieron cumplimento a lo pactado por los partidos de la Liberación (PLD) y Revolucionario Dominicano (PRD), debido a que dentro de los artículos sancionados en primera lectura que acordaron eliminar, figura el de quitar al ciudadano la facultad de demandar en inconstitucionalidad.

    La Asamblea rechazó la prerrogativa a solicituad del vocero de la bancada del PLD, Alejandro Montás, quien argumentó que la misma estaría incluida en lo concerniente al tribunal constitucional.

    Lo que sí acogió la Asamblea en la sesión de este martes, dentro de los derechos del individuo, es que el ciudadano pueda denunciar las faltas cometidas por los funcionarios públicos en el desempeño público de su cargo, acogiendo una reconsideración de la Comisión de Verificación y Auditoria.

    Otro derechos ciudadanos ratificado por la Asamblea son el de elegir y ser elegible para los cargos que establece la Constitución, decidir de los asuntos que se les proponga mediante referendo, ejercer el derecho de iniciativa popular legislativa y municipal, en las condiciones fijada por esta Constitución y las leyes y formular peticiones a los poderes públicos para solicitar medidas de interés publico y obtener respuestas de las autoridades en el termino establecido por las leyes que se dicten al respecto.

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